miércoles, 5 de mayo de 2010

GARZON

La sorprendente peripecia judicial que puede determinar la separación de la carrera judicial del juez Baltasar Garzón, ha tenido ya consecuencias políticas. Mi comentario, distribuido a una lista privada de correo ha generado un intenso debate en el grupo, que considero de interés general. Mínimamente editado se ofrece a continuación. Por razones de lectura, la exposición sigue el orden cronológico y no el inverso propio del correo electrónico.

I (mi comentario)

El auto del Supremo (redactado por un juez histórico de Jueces para la Democracia), probablemente sea un alegato jurídico de gran nivel. No es menos cierto que arroja enormes sombras sobre la denominada Memoria Histórica, bien en su forma legislativa o bien en su cabal comprensión ciudadana.

En efecto, si Garzón ha actuado mal (¡prevaricando! se dice en el auto) tal vez otro juez/a más hábil pudiera hacerlo correctamente. El problema, que se deduce abiertamente del auto, es cuando se considera que los sucesos a investigar no son tarea judicial. Esto es, que la amnistía haría imposible la investigación judicial de la represión y las exhumaciones de desaparecidos que de la misma se derivan. Ese argumento es interesante por cuanto parece, aunque el redactor endose al poder legislativo la elaboración de la normativa correspondiente, que la investigación del pasado sería exclusivamente tarea de historiadores, periodistas o ciudadanos, todos ellos privados de la capacidad de utilización de la ley y menos del poder coercitivo para la investigación.

No tengo claro quien debería reaccionar. Es evidente que la caída de Garzón, a estas horas descontada, provocará alegrías en muchos sectores. No es menos cierto que, sin cuestionar las sutilezas jurídicas, se pierde a un luchador de las causas perdidas. Ignoro cuantos soldados de la judicatura tomarán el fusil del relevo, pero es probable que su liquidación profesional sea un aviso disuasorio para posibles seguidores. Lo cierto es que, hasta ahora, no se ha producido movimiento alguno que ponga en cuestión a quienes se erigen en rígidos intérpretes de la ley, a instancias, nada menos, que de Falange Española, mientras cotidianamente ofrecen muestras sobradas del más rancio corporativismo en el funcionamiento de la Justicia.

II (de MB)

Confieso mi absoluta perplejidad, sin duda fruto de mi desconocimiento en la materia, pero estoy segura que hoy millones de personas se preguntan.. si el pasado no se puede investigar judicialmente por la amnistía, no queda completamente "descafeinada" la Ley de Memoria Histórica?. Dejando aparte la repugnancia que resulta de ver a los herederos de los antiguos verdugos celebrando la "caza" de un juez que les combatió, el proceso en sí mismo abre fisuras enormes en la confianza ciudadana en el sistema judicial. De ser ciertos algunos comentarios y escritos varios, estaríamos ante la venganza "entre iguales".. No sé.

Peor es obvio.. Garzón ha caído.. el siguiente?

III (de JJSA)

Entiendo que lo aquí se investiga no es una cuestión de contenido sino de forma. Si finalmente se dilucida que la Justicia española no es competente para investigar las desapariciones o asesinatos durante el régimen franquista, si finalmente la amnistía de la transición se traduce en eso, habrá que revolverse no contra la Justicia sino contra la propia transición. Yo no dudo de que Garzón puede ser víctima de una persecución, pero las formas jurídicas hay que respetarlas. En su día le tocó al juez Gómez de Liaño y finalmente el tribunal de Estrasburgo le dio la razón. Me resulta por completo irrelevante, en cuestión de formas, que los promotores de la querella provengan de la extrema derecha. La extrema derecha tiene derecho a hacerlo y nadie está libre de sentarse en el banquillo, ni siquiera Garzón. Pero puede que yo sea un leguleyo.

IV (de MJ)

Estamos ante una situación contradictoria, interesante y vidriosa. El formalismo jurídico nos protege a todos, la forma es una parte imprescindible de la seguridad jurídica. Además hay resoluciones contradictorias del TS en relación a las causas iniciadas de la misma forma.
Sin embargo se impone una reflexión sobre todo ello. Existe una perspectiva política, una perspectiva ciudadana, una perspectiva de los familiares, quizás una histórica, pero en cualquier caso todas ellas han de tener una camino jurídico que permita la resolución de la situación. Estamos ante una paradoja pero el Estado de Derecho es una parte imprescindible de nuestra democracia, quizás falten herramientas jurídicas adecuadas..., además recordemos que existen vías de recurso y garantías suficientes para que exista una reacción. Esperemos acontecimientos.
MJ

V (de AB)

No es fácil dominar los sentimientos de indignación, y de hondísimo pesar, que a uno le inundan al ver cómo se consuma uno de los hechos más graves y vergonzosos de nuestra joven y, sin embargo, a veces tan rancia democracia. Doy por supuesta la alegría de los que, gracias a la acción de este juez, vieron impedidas o anuladas sus diversas fechorías.

Y pienso que, quien realmente será juzgado por nuestra sociedad – tantas veces más inteligente y sagaz que sus “preclaros” representantes- no es tanto el juez Garzón, como el Tribunal Supremo, en particular, y la Justicia en general.

Porque más allá de los errores formales que puedan haberse cometido – corregibles por procedimientos de mucho menor escarnio- lo que me llega de todo esto es el hedor de las rencillas personales, el ánimo de venganza, el eco, tan frecuente en nuestra Historia, de las diferencias particulares elevadas a la categoría de cuestión pública. ¡ Qué pena! ¡ Y qué error…! Porque, si el Consejo General del Poder Judicial no logra frenar esta locura, todos tendremos una razón más para pensar que el sistema judicial español ni nos representa ni nos protege.


VI (de IM)


Que Garzón cae yo no lo veo tan claro, y os recomiendo a todos que os conoceis al facebook y busqueis Garzón, en 1h es increible la movilización masiva de apoyo al juez. Por cierto, que empezamos a ser muchos los que queremos un paso más: no a la ley de amnistía.


VII ( de JJSA)


No se puede coger la parte que nos interesa. O bien se acepta la transición tal y como se hizo, ley de amnistía incluida (porque además es ley de amnistía no es cuestión accidental sino sustancial, no es un "abuso" o una "licencia" o una "concesión" sino que es parte constituyente del asunto) o bien se impugna la transición en su totalidad.


La oposición al franquismo se benefició de la transición exactamente igual que la clase política del régimen. El PSOE y el PCE, entre la oposición, fueron los beneficiarios del cambio en perjuicio de los partidos republicanos, que hasta 1981 no fueron legalizados y por lo tanto ni el 77 ni el 79 pudieron presentarse. Parece que se olvida que la transición fue un pacto entre la clase política franquista y la oposición, es decir, algo carente de grandeza, contrariamente a lo que se dice. Un simple apaño para salir del paso sin mayores consecuencias para ninguno de los implicados. Si el PCE después se hundió, nada de eso tiene que ver con la transición sino con algo anterior: es un partido de ideología comunista. Y, salvando a Italia, nunca los comunistas, en una democracia burguesa, han pintado mucho, ni siquiera en la Segunda República. Cuando el comunismo ha adoptado un papel protagonista ha sido por cuestiones ajenas a los procedimientos electorales habituales, es decir, en la lucha contra el nazismo o contra el franquismo. Cuando lo que cuenta son los votos, los comunistas caen.

Ahora se lamenta
n por la dificultad de investigar los crímenes del franquismo? ¡¡¡Pero si ellos fueron artífices de una transición que consistió justamente en eso!!! ¿Ahora quieren echarse atrás? De acuerdo, es lícito. Propugnemos una reforma constitucional que quite a los partidos el papel protagonista que ahora mismo tienen en el régimen, hagámonos anglosajones o americanos, acabemos con la partitocracia. Pero no querrán hacer eso.


VIII (de IB)


Pues si, evolucionemos un poco hacia el mundo anglosajón: yo quiero un presi de Harvard que me recuerdo eso de I had a dream..., y en mi dream estaba una España sin Falange, y desde luego sin Amnistía. Por que, no es por nada, pero la gente como yo NO votamos la ley de amnistía, y Sí votamos, cotizamos, trabajamos y participamos ahora.


IX (de E)


Resulta cuando menos paradójico que la Audiencia Nacional haya podido juzgar crímenes contra la humanidad cometidos por la dictadura chilena o argentina, pero no dar amparo a las víctimas del franquismo. En cualquier caso, los planteamientos del juez instructor parecen impecables y deben deben llevarnos efectivamente a una reflexión sobre la misma Transición. Interesante lo que dice el juez Varela en el auto: "Quienes consigan la mayoría parlamentaria suficiente bien tienen a su alcance hacer efectivos aquellos anhelos de justicia promoviendo y aprobando las oportunas modificaicones legislativas (...). El poder legislativo podrá entonces derogar la les española de amnistía de 1.977". Ahí es nada.
Reflexiones aparte, me parece clarao que a Garzón le mató su afán de notoriedad, pero dudo que a estas alturas no cumpliese escrupulosamente en cuanto al procedimiento. El juez habla en su auto de un proceso artificioso que muestra que Garzón "desconoce principios esenciales del estado de Derecho". Pues bien, en ese caso el hehco de que se le impute prevaricación y no la más leve prevaricación imprudente es una signo más de que lo que se está juzgando aquí no es la causa abierta por Garzón, sino al juez estrella.
X (de E)

el editorial del Times es muy bueno:

"El más conocido juez instructor de España, Baltasar Garzón, está siendo procesado en un caso con motivaciones políticas que podría expulsarlo de los tribunales.

El juez Garzón está acusado de ignorar la ley de amnistía de 1977 cuando se decidió a investigar las desapariciones de más de 100.000 personas durante la guerra civil española de los años 30 y la década de represión franquista que siguió. Los cargos fueron presentados por dos grupos de extrema derecha, que temen una investigación abierta del franquismo. Por desgracia, uno de los jueces compañeros de Garzón ha admitido la querella y esta semana ha presentado cargos formales contra Garzón.

Como resultado, ahora será suspendido de sus funciones en espera de juicio. Si es declarado culpable, podría ser apartado de sus funciones hasta 20 años, poniendo fin a una carrera dedicada a perseguir los terroristas y dictadores por sus crímenes. Eso sería complacer a sus enemigos políticos, pero sería una parodia de la justicia.


Los verdaderos crímenes en este caso son las desapariciones, no la investigación de Garzón. Si, como parece probable, estos fueron crímenes contra la humanidad bajo la ley internacional, la ley de Amnistía española del 77 no podría absolverlos legalmente. Los supuestos autores están todos muertos y Gazón hace tiempo que suspendió su investigación, pasándo la jurisdicción a los tribunales locales españolas en las zonas donde las víctimas fueron exhumadas

Garzón es un juez valiente y polémico que se ha granjeado muchos enemigos con los años. Él ha llevado casos contra terroristas vascos y de Al Qaeda, poderosos políticos españoles, dictadores de América Latina y capos de la mafia rusa.

Le atraen los casos relevantes, como su intento de juzgar al ex dictador chileno Augusto Pinochet, y a veces va demasiado lejos. Pero su firme objetivo ha sido negar la impunidad a los poderosos y ampliar el ámbito de aplicación de las leyes internacionales de derechos humanos.

Debería permitirse a Garzón reanudar esa labor a la mayor brevedad posible.
España necesita un honesto ajuste de cuentas de su atribulado pasado, no la persecución de los que han tenido la valentía de reclamarlo.

XI (de JJSA)

Cuando hablo de evolucionar hacia el mundo anglosajón no me refiero a tener un presidente que haya estudiado en Harvard o a consignas publicitarias como "I had a dream" (no discuto su efectividad). Me refiero a algo anterior y más importante. Los americanos han separado el Poder Ejecutivo del Poder Legislativo (república presidencialista) y no tienen lo que en Europa, excluyendo a ingleses y franceses, sí tenemos: un sistema electoral proporcional de listas de partido que, unido a la inseparación entre Ejecutivo y Legislativo propia del parlamentarismo, tiene un doble y pernicioso efecto: convertir a los diputados en delegados de los partidos políticos a sueldo del Estado, simples correas de transmisión de decisiones que no toman ellos sino la ejecutiva del partido correspondiente o la camarilla de líderes que la gobierna, y para terminar de cerrar el círculo del descontrol del poder, somete al parlamento a los designios del Gobierno. Por eso en España, y en la Europa Continental, la separación de poderes es una competa falsedad. Por eso Obama ha tenido tantas dificultades en aprobar su reforma sanitaria. Por eso Blair no pudo apelar a la disciplina de partido cuando una parte de sus diputados lo abandonó en el asunto de la guerra de Irak. Aquí no sucede nada de eso. Aquí las medidas contra la crisis económica se han aprobado sin debate parlamentario digno de ese nombre. Aquí un millón de personas pueden manifestarse en la Castellana contra la política del gobierno de Aznar en el caso de la guerra de Irak sin que por ello los diputados dejen de estar sometidos a "su" presidente: saben demasiado bien a quien representan, y no es a los ciudadanos sino a su jefe. En EEUU esto es inconcebible, el poder está mucho más repartido. La moderna investigación en sociología política ha demostrado dos cosas: todos los sistemas políticos tienen fuerzas centrípetas que convergen hacia la oligarquización; pero, a su vez, es el sistema político norteamericano el más apto para establecer frenos y contrapesos a esa tendencia. Un pensador notable como Robert Dahl lo define como "poliarquía" por contraposición a la "oligarquía"

Ingleses y americanos tienen mucho que enseñarnos en cuanto a procedimientos democráticos. En Europa estamos demasiado pagados de nosotros mismos y muchas veces miramos hacia el Reino Unido o hacia EEUU con desdén injustificado. Aquí confundimos la democracia con el "co
nsenso". Aquí confundimos la existencia de libertades públicas y la proliferación de partidos políticos con la democracia, y no hay tal cosa. Un sistema que vulnera la representación de los electores y que conculca la separación entre Ejecutivo y Legislativo no es democrático, por mucha libertad que pueda darse en su seno. Hay ejemplos sobrados en la historia de regímenes de libertades que no son democráticos, basta echar un vistazo a la Europa del siglo XIX. En Europa nos hemos contentado con la experiencia de la Revolución Francesa y no hemos querido mirar la experiencia de la Revolución Americana. Hannah Arendt sí lo hizo ("Sobre la revolución") y sus conclusiones en defensa de la revolución americana frente a la francesa o la rusa son muy interesantes. La Revolución Francesa rindió culto al pueblo como depositario de la "soberanía", arrebatando todos los poderes al rey y depositándolos en su integridad en la Asamblea Nacional, para levantar un régimen tan despótico como la tiranía contra la que se rebelaron. Y esa brutalidad explica una parte no desdeñable del devenir posterior de los acontecimientos: en 1789 la consigna era "Libertad, Igualdad, Fraternidad" y sólo 15 años después Napoleón se estaba coronando emperador. Los americanos partieron la soberanía en poderes independientes entre si para que ninguno fuera absolutamente soberano (¡ni siquiera el pueblo!) y así inventaron la democracia moderna, lo que en la Europa Continental no tenemos. No en vano los italianos inventaron el término "partitocracia" para designar lo que tenemos en Europa. Jamás ese término ha podido aplicarse al Reino Unido o a EEUU. Sus sistemas políticos tienen muchos problemas, pero de otra índole. Hablo, por supuesto, de democracia formal, de las formas jurídicas. Criticar la democracia americana, como hacen algunos, por la falta de cobertura sanitaria pública es tan errado e inconsistente como elogiar la dictadura de Franco por la legislación proteccionista hacia el trabajador, mucho más proteccionista que muchas "democracias" actuales. La democracia americana ha demostrado que es posible cambiar esa legislación venciendo incluso las inevitables presiones de las multinacionales farmacéuticas y de los sectores más duros de la derecha


XII (de SR)


En diez minutos un profesor imaginario de Derecho Constitucional bajará a un aula de una facultad de Derecho de un país también imaginario. Ese profesor tiene fuerte convicciones políticas, que suele dejar aparcadas en la puerta, porque a lo que se dedicaba era a intentar transmitir unas cuantas reglas (disciplina juridca del proceso político), aunque, sin lugar a dudas, a ese profesor imaginario lo que le llevó a dedicarse profesionalmente a enseñar derecho constitucional fueron sus convicciones políticas, su idea de la democracia y de la libertad. Pero tal vez hoy, el profesor sufra una desazón, también imaginaria. Y es que hasta ahora dedicaba ímprobos esfuerzos a trasladar a los estudiantes que el Derecho no es matemáticas, que de lo que se trata es de defender una posición procesal bien argumentada en Derecho, frente a otra -u otras- que estarán seguramente también muy bien fundamentadas y que, por fortuna, el sistema sitúa a terceros imparciales en la posición -y el deber- de dar y quitar razones a ambas. Es decir, que de lo que se trata es de construir una argumentación jurídica plausible, generalmente cuando hay más de una que lo es. Pero, resulta que en ese país imaginario, acaban de decidir imputar a un tercero imparcial de aquéllos sobre los que teoriza nuestro profesor imaginario por un delito deprevaricación (dictar a sabiendas resolución manifiestamente injusta) por sostener una posición interpretativa posible (argumentada y criticable como otras posiciones), que hacía primar los principios de justicia universal y la imprescriptibilidad de los crímenes contra la humanidad frente a una norma -preconstitucional y materialmente constitucional- de derecho interno. Así que, el profesor imaginario se ha pasado toda la semana repasando las integrales y derivadas y se hace acompañar de una calculadora, pero su formación no es lo suficientemente sólida en matemáticas, y de ahí su desazón. ¿qué explicar?. Menos mal que en ese país imaginario también hay ejemplos de aplicación sensata del Derecho. Sin ir más lejos, la semana anterior, un gobierno autonómico imaginario firmó un convenio también imaginario poniendo varios millones de euros para dotar de servicios (urbanizar) varias urbanizaciones construidas con licencias de un ayuntamiento imaginario que -en contra de la ley, los informes del secretario municipal y los del gobierno imaginario anterior a este- dijo que se tirara p'alante. Y ¿saben qué? lo mejor del caso es que ese profesor imaginario se había imaginado que en ese ayuntamiento sí se había prevaricado. Sin duda es que no entiende nada, menos mal que es todo pura imaginación. ¿no?

XIII (de JJSA)


Esta argumentación, creo yo, tiene contradicciones internas:

1) El profesor tiene convicciones políticas que le han llevado a estudiar Derecho Constitucional
2) En el ejercicio de su profesión el profesor trata de aparcar sus convicciones y limitarse a transmitir las formas que deben presidir todo proceso jurídico
3) El Derecho no es una ciencia exacta y por lo tanto se pueden argumentar jurídicamente posiciones contrapuestas
4) Para resolver el problema planteado en 3) hay un tercero imparcial que da y quita razones.

Aquí empiezan los problemas: la posición del tercero imparcial al que se alude en 4) contiene una dualidad que esta argumentación no resuelve: ¿Por qué se le atribuye imparcialidad? ¿Acaso si se pueden argumentar jurídicamente posiciones contrapuestas no podría también el tercero imparcial argumentar jurídicamente una resolución favorable a A y argumentar jurídicamente una resolución favorable a B? Podría hacer ambas cosas porque, salvo que se trate de un oráculo o de la Divinidad, desde el momento en que el Derecho no es una ciencia exacta ya no cabe la existencia de un tercero absolutamente imparcial. Ese tercero sigue siendo parcial. Pero con ascendencia jerárquica sobre los dos que han apelado a él. Y esa es la dualidad a la que me refiero. La ascendencia jerárquica, en esta argumentación, se funde y confunde con una presunta imparcialidad. La ascendencia jerárquica es una mera cuestión fáctica respaldada por la fuerza coactiva del Derecho, y nada tiene que ver con una imparcialidad que en una ciencia inexacta como el Derecho no es posible. No recuerdo quien es el autor de la frase pero viene muy a cuento de lo que aquí se dice: "Ningún poder puede ser absolutamente neutro sin renunciar a ser poder". Y eso se decía como respuesta a la pretensión de Benjamin Constant de elevar un "pouvoir neutre" sobre Ejecutivo y Legislativo, en eso se basó el general de Gaulle para diseñar la constitución de la V República, poniendo al presidente de la república francesa como un presunto poder neutro por encima del primer ministro y por encima del parlamento. Pero la experiencia demostró que esa neutralidad no es posible: en el momento en que un poder comienza a ejercerse la neutralidad desaparece, la neutralidad solo es posible desde la inacción o desde una acción que se limite a actuar como contrapeso de las partes enfrentadas, conduciendo a una situación de bloqueo en la que se inhibe toda decisión. Y esto, entronca también con el "decisionismo" al que aludía Rivas en su artículo de El País de ayer: la imposibilidad de la imparcialidad obliga a tomar una decisión. Y la decisión, por su mera condición de tal, es parcial. La inhibición no está entre los derechos del tercero situado jerárquicamente por encima de los dos que han apelado: está obligado a decidir.

El paso que supone decir "tercero imparcial" nos remite a una cuestión de extrema complejidad que enreda todavía más el asunto que se pretendía desenredar

Pero , más aun, el principio de justicia universal al que aquí se alude no está positivado, y de ahí la extrema dificultad de estos procesos.


XIV (de SR)


imparcial porque no es parte, porque defiende su propia argumentación, que también ha de ser jurídicamente plausible. El problema, estimado JJ, es que se convierte una aplicacion posible del Derecho (tanto que ha servido para encausar a criminales de guerra, genocidas y otros santones aquí -en España- y fuera de España, tanto como que recientemente se ha cerrado más esa vía por parte del legislador español-) en una aplicación delictiva, eso es lo que fundamenta la instrucción de la querella. Ese es el contubernio jurídico. El político es que además se haga a impulso de quien se hace, pero eso, por el momento y si no se cambian las reglas de la acusación popular en el proceso penal, puede ser así, aunque políticamente no se sostenga.


XV (de JJSA)


Pero si el tercero ha de tomar parte ya no puede ser imparcial, porque la suya es, también, una interpretación de entre las posibles. Es sólo una cuestión de jerarquías, muy necesarias para la aplicabilidad del Derecho. Y como además se ha de tomar siempre una decisión, forzosamente el número de instancias de apelación ha de ser finito y de ahí que exista una escala jerárquica en cuya cúspide, según el caso, se colocan el TS o el TC. Yo no quiero argumentar a favor o en contra del juez Garzón, sólo pretendo decir que la cuestión de las formas es anterior a la cuestión del contenido. A Garzón se le acusa de prevaricación porque, presuntamente, instruyó un caso para el cual, según la acusación, sabía que carecía de competencias. No es por tanto un problema de la justicia o injusticia de las intenciones de Garzón. A una acusación como la que pesa sobre Garzón no se puede responder apelando a lo justo de sus intenciones, hay que demostrar que SÍ tenía competencias para ello. Ese es el terreno donde esta polémica se juega, no en la justicia o injusticia de la postura de Garzón. Es una cuestión de formas, no de contenido. Y para el Derecho la forma es vital, de lo contrario degenera en simple Justicia y la Justicia sin forma solo conduce a la ley del más fuerte.


XVI (de SR)


Por fortuna, siempre hay alguien que, sosteniendo el mismo parecer que uno, le supera en conocimientos y capacidad de argumentación. Os invito a la lectura de esto que publica hoy EL PAÍS. Cualquiera podía haberlo firmado, pero quien lo hace está, además, cualificada por haber participado en el asunto. El que discrepa en una interpretación plausible, no puede prevaricar. Saludos

http://www.elpais.com/articulo/espana/discrepo/prevarico/elpepuesp/20100422elpepinac_4/Tes

XVII (de JJSA)


Adjunto artículo publicado hoy en El Pais, como contribución al debate epistolar

http://www.elpais.com/articulo/opinion/procedimiento/democracia/elpepuopi/20100427elpepiopi_11/Tes




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